A principios de este año se hizo pública la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Zaragoza, por la que Alumalsa era condenada por el acoso por razón de sexo cometido por un supervisor hacia una trabajadora afiliada a la sección sindical de la CNT en la empresa, al dirigirle comentarios denigrantes de contenido sexual por su condición de mujer. Este trato ofensivo y humillante fue algo que ni ella ni su sindicato consentimos, interponiendo una denuncia ante Inspección de Trabajo que a su vez hizo que la DGA demandara de oficio a la empresa y al supervisor que había cometido los actos, mientras que los servicios jurídicos del sindicato se personaron en el caso en representación de la afectada.
Tras considerar demostrado el trato degradante al que se había sometido a la trabajadora, el Juzgado condenó a Alumalsa a indemnizarle con 7864,40 euros por los daños y perjuicios sufridos, declarando que los hechos constituían un caso de acoso por razón de sexo. La empresa, por su parte, lejos de admitir su responsabilidad en lo sucedido y tratar de corregir la situación, recurrió la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), dilatando así el proceso y sometiendo a la trabajadora a más presión alargando la espera a la resolución definitiva del caso.
Pues bien, el pasado 20 de junio de 2018 la Sala de lo Social del TSJA dictó sentencia respecto al recurso interpuesto por la empresa, volviendo a dar la razón a la trabajadora y confirmando la condena que impuso el Juzgado en los siguientes términos: “A juicio de esta Sala, coincidiendo plenamente con la razonada sentencia de instancia, se trata de una conducta machista del supervisor de la que fue víctima la trabajadora codemandada, la cual es constitutiva de una discriminación por razón de sexo”. Además, la sentencia incluye también una condena en costas a la empresa, que ascienden a 600 euros.
Desde la CNT, por último, queremos recordar que la trabajadora acosada fue despedida por denunciar los hechos, y que contra ese despido sigue habiendo un juicio pendiente cuya celebración depende de que la sentencia sobre el caso del acoso adquiera firmeza, por lo que este sindicato exige a Alumalsa que deje de eternizar el proceso y proteger al acosador con recursos que no hacen otra cosa que costarle dinero, y en su lugar tome medidas efectivas para que hechos como estos no puedan repetirse nunca más.
Pues bien, el pasado 20 de junio de 2018 la Sala de lo Social del TSJA dictó sentencia respecto al recurso interpuesto por la empresa, volviendo a dar la razón a la trabajadora y confirmando la condena que impuso el Juzgado en los siguientes términos: “A juicio de esta Sala, coincidiendo plenamente con la razonada sentencia de instancia, se trata de una conducta machista del supervisor de la que fue víctima la trabajadora codemandada, la cual es constitutiva de una discriminación por razón de sexo”. Además, la sentencia incluye también una condena en costas a la empresa, que ascienden a 600 euros.
Desde la CNT, por último, queremos recordar que la trabajadora acosada fue despedida por denunciar los hechos, y que contra ese despido sigue habiendo un juicio pendiente cuya celebración depende de que la sentencia sobre el caso del acoso adquiera firmeza, por lo que este sindicato exige a Alumalsa que deje de eternizar el proceso y proteger al acosador con recursos que no hacen otra cosa que costarle dinero, y en su lugar tome medidas efectivas para que hechos como estos no puedan repetirse nunca más.